El gobernador del estado Miranda, Henrique Capriles, reaccionó a través de su cuenta en Twitter @hcapriles, tras ser notificado de su inhabilitación.

Dijo que la medida es parte del “paquete de autogolpe” ideado por el gobierno. Asimismo, enfatizó que “el único inhabilitado en el país es Nicolás Maduro y la corrupta cúpula que lo acompaña”.

Anunció que a las 6 de la tarde de este viernes, hablará al país sobre las acciones que tomará al respecto, e invitó a la movilización de este sábado, alegando que se suma una razón para asistir.

A continuación los casos por los que la Contraloría ejerció la medida de inhabilitación contra Capriles.

1.- Presupuesto Reconducido del año fiscal 2010 y 2013. La Contraloría alega que debió hacerse Proyecto de Ley de Presupuesto. La insuficiencia presupuestaria es la principal circunstancia de la reconducción del presupuesto y los Decretos de Reconducción se encuentran ajustados a derecho.

  1. Convenios de Cooperación Internacional (ejercicio fiscal 2010 y 2011) La Contraloría alega que debió pasar por la Asamblea Nacional, mayoría oficialista en ese momento. Los convenios son de naturaleza donativa, a título gratuito, no se trata de contratos de interés público. Ingresaron al presupuesto como donaciones y subvenciones.
  2. Publicidad institucional, con la empresa Venevisión y Venevisión Plus. La Contraloría alega que debió aplicarse modalidad de selección de contratistas. Los contratos están excluidos de las modalidades de selección de contratistas de conformidad con lo previsto en el artículo 5 de la Ley de Contrataciones Públicas, fueron debidamente ejecutados.
  3. Seguro funerario. La Contraloría alega que fueron pagados anticipos de 40% sin estar establecidos en el pliego de condiciones. El monto y pago de un anticipo no es un requisito que debe contener el Pliego de Condiciones, tal y como se desprende del artículo 44 de la Ley de Contrataciones Públicas, y como así lo reconoce la Contraloría en el Informe de resultados; debe estar previsto en el Contrato, conforme al artículo 99 y 104 de la Ley de Contrataciones Públicas. El contrato se cumplió cabalmente.
  4. HCR y Servicios Funerarios. La Contraloría alega que no se asignaron los créditos necesarios a la partida. En este caso la Contraloría mezcla órdenes de pagos, partidas presupuestarias y montos de los Contratos con otros del mismo ejercicio fiscal.
  5. Contrataciones varias. Se trata de 12 contratos entre los ejercicios fiscales 2011, 2012 y 2013, cuyas Fianzas de Fiel Cumplimiento se constituyeron posterior a la suscripción de los contratos. El criterio de la Contraloría es incorrecto, pues no se pueden constituir válidamente fianzas de contratos inexistentes, ni por instituciones bancarias o seguros.

En ninguno de los casos se cometió daño patrimonial, por lo que el gobernador de Miranda sostiene que se trata de una medida netamente política.

Fuente: Prensa Miranda

Fecha: 07 de abril de 2017

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