El Protocolo de Minnesota, adoptado por el Alto Comisionado de Derechos Humanos la Organización de Naciones Unidas (ONU), establece una norma común para la investigación de una muerte potencialmente ilícita o la sospecha de una desaparición forzada.

Aplica en los casos en los que “la muerte sobrevino cuando la persona estaba detenida o se encontraba bajo la custodia del Estado, sus órganos o agentes”.

La muerte del concejal opositor Fernando Albán encuadra en el ámbito de aplicación del protocolo y durante la investigación de su caso,  la Fiscalía General de la República incumplió cuatro de los seis principios que establece el pacto sobre el proceso de investigación de una muerte potencialmente ilícita:

Aunque el fiscal designado por la Asamblea Nacional Constituyente (ANC), Tarek William Saab, se pronunció de manera inmediata para confirmar la muerte de Albán, manifestó al tiempo –sin que concluyera una investigación exhaustiva– que se trataba de un suicidio.

Una versión que niega el coordinador nacional de Primero Justicia (PJ), Julio Borges, amigo del concejal y compañero de partido, quien sostiene que el dirigente político murió producto de las torturas sufridas en el Sebin y su suicidio fue simulado.

La independencia e imparcialidad, otro principio clave de una investigación según el Protocolo de Minnesota, no está garantizada al ser Saab designado en ese cargo por la ANC, un órgano chavista autodenominado “suprapoder” y “plenipotenciario“, que responde directamente a los intereses del Poder Ejecutivo.

Además, Saab fue dirigente del Partido Socialista Unido de Venezuela (Psuv) y ha sido una figura cercana al presidente Nicolás Maduro, lo que le resta credibilidad a su gestión ante la opinión pública.

El funcionario tampoco ha aclarado cómo Albán evadió a sus custodios para lanzarse desde una ventana del décimo piso del Sebin, ni ha adelantado si algún funcionario es investigado por la muerte del opositor.

Un elemento adicional siembra más cuestionamientos sobre el procedimiento ejecutado: El protocolo establece detalladamente que la autopsia debe realizarse por un médico forense calificado.

Sin embargo, la presidenta de la comisión de Política Interior de la Asamblea Nacional, Delsa Solórzano, denunció que el acta de defunción del concejal fue firmada por un médico integral comunitario identificado como Arnoldo Pérez.

Los familiares de Albán no tuvieron participación en la investigación, ni siquiera acceso al dirigente político mientras estuvo detenido en la sede del Sebin, lo que también viola el Protocolo de Estambul -también de la ONU-. Allí se establece que el Estado está obligado a garantizar la “salvaguarda de los custodiados” para minimizar el riesgo de tortura. “La salvaguardia de los detenidos incluyen el derecho de acceso a abogados, médicos y familiares”.

Con información de Efecto Cocuyo

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