Durante la audiencia de presentación ante la jueza, Kelly Medina y Luzmery Galindo escucharon los cargos en su contra por los cuales permanecían detenidas desde la mañana del 3 de junio en la comandancia de la Policía Nacional Bolivariana (PNB) en Coche. Habían sido apresadas en un autobús de Transchacao junto con otras 51 personas porque presuntamente llevaban bombas molotov, cascos y guantes cuando se dirigían a una manifestación convocada por la MUD para ese sábado. Era la marcha de las ollas vacías.
Cuando les tocó el turno de hablar, las mujeres utilizaron su tiempo para decirle a la jueza lo que más les angustiaba de estar encerradas: los funcionarios entraban a las duchas mientras ellas se bañaban y una noche un custodio entró a la celda y le ofreció dinero a una de las jóvenes para que se callara mientras él abusaba sexualmente de su compañera.
En la celda había siete mujeres. Se le enfrentaron al funcionario y no durmieron esa noche para poder cuidarse. Elenis Rodríguez, abogada y codefensora de las jóvenes, explicó que el funcionario las amenazó y aunque la agresión sexual no ocurrió “les metió un psicoterror diciéndoles que ‘mientras estuvieran ahí todas iban a saber lo que era bueno’ solo porque se defendieron entre sí”. La jueza y el Ministerio Público ordenaron una investigación inmediata contra el funcionario pero la abogada desconoce si el policía fue sancionado o detenido.
Pero Damaris (identidad protegida) no corrió con la misma “suerte”. La joven fue detenida en San Antonio de Los Altos y llevada a un centro de reclusión conocido como “la escuela”, bajo la custodia de la Guardia Nacional Bolivariana. Permaneció 16 días detenida y en varias oportunidades le dijo a sus abogados que había sido manoseada por uno de los guardias. Una noche después de la comida se sintió débil, desorientada y perdió la conciencia. La joven asegura que fue drogada y al despertar se revisó el cuerpo porque tenía dolor y encontró sangrado en sus genitales.
De los cuatro casos que maneja el Foro Penal —en el contexto de las detenciones durante las protestas ocurridas entre abril y junio de 2017— en los cuales se denunciaron tratos crueles, intimidatorios y humillantes asociados a violencia sexual, el de Damaris es el único que se mantiene en el proceso de averiguaciones por voluntad de la joven. Otras denuncias fueron narradas por las víctimas a sus abogados pero no fueron formalizadas o las contaron en sus audiencias pero luego se quedaron en el camino. “La gente tiene mayor temor de denunciar estos casos porque es una situación muy intimidante pero eso no quiere decir que no ocurra mucho más”, explica Alfredo Romero, director del Foro Penal.
Las razones son complejas pero tienen un elemento común: en el contexto mundial donde se presentan conflictos sociales y políticos, la violencia sexual ha sido utilizada como un mecanismo de represión muy efectivo porque es humillante, intimidatorio, vulnera la intimidad de la persona y revela un ejercicio de poder en el que no se trata de satisfacer un deseo sexual, sino que busca amedrentar y debilitar al otro, precisa Magdymar León, coordinadora ejecutiva de la Asociación Venezolana para una Educación Sexual Alternativa (Avesa).
El mecanismo de amedrentamiento produce una primera consecuencia que los invisibiliza: las pocas personas que denuncian, evitan dar sus nombres para preservar su integridad.
El 8 de junio, una joven, madre de dos niños fue a la Asamblea Nacional a denunciar ante un grupo de diputados lo que le ocurrió durante una detención arbitraria a finales de mayo cuando iba a buscar a sus hijos en casa de su madre en Caracas. Se encontró de frente con un contingente de la GNB que cerraba el paso cerca de la casa de su mamá y cuando intentó pasar, la interrogaron y se la llevaron detenida. “Fui llevada a golpes a una zona cercana a la detención, allí me drogaron, me golpearon y me violaron. Luego me llevaron al comando que parecía un campo de concentración: personas en condiciones inhumanas, todas golpeadas, durmiendo encima de sus orines y heces fecales”, contó ante miembros de la Comisión de Ciudadanía y Derechos Humanos del Parlamento del Mercosur, entre los que había diputados de Argentina, Uruguay y Paraguay. La liberaron pero bajo régimen de presentación por cargos sin pruebas de dos delitos penales.
Un mes antes, la diputada Delsa Solórzano, recibió pruebas forenses de las presuntas torturas y tratos humillantes que sufrieron 10 jóvenes detenidos en El Limón, estado Aragua, bajo la custodia de la PNB. Uno de los muchachos del grupo aseguró que además de ser golpeado y amarrado con un cable también fue violado con un tubo.
Historia repetida
Un patrón similar se había presentado en el marco de las manifestaciones y detenciones ocurridas entre febrero y mayo de 2014. Un informe levantado por la organización defensora de los derechos humanos Cofavic durante esos cuatro meses registró 54 denuncias documentadas con nombres y apellidos de las víctimas por torturas y tratos crueles, inhumanos y degradantes.
La mayoría de los casos (89%) fueron agredidos a golpes de puñetazos, patadas, con porras o caídas producto de empujones. Un número similar (85%) fue sometido a actos humillantes y abuso verbal pero en 26% de los casos apareció la tortura sexual que abarca violación, desnudamiento, humillación y burla como un mecanismo utilizado frecuentemente dentro de los centros de detención.
En los testimonios recopilados por Cofavic en nueve estados del país en los que quedó registro de 110 casos ocurridos en 2014, por lo menos 33 manifestantes aseguraron que cuando llegaban a centros de detención preventiva los obligaban a desnudarse, los amenazaban con violarlos y rociarlos con gasolina, los mantuvieron arrodillados por horas y los golpeaban en la cabeza.
Uno de los casos fue el de Juan Manuel Carrasco, de 21 años de edad, quien fue detenido en la zona de El Trigal en Valencia, estado Carabobo durante la noche del 13 de febrero de 2014. Carrasco contó que unos efectivos de la GNB lo detuvieron junto a otros seis jóvenes, los bajaron a golpes de un carro y los metieron en una camioneta tipo jeep. “Me daban golpes y golpes y amenazaron con violarme”, dijo el joven. En el traslado el joven fue agredido e inmovilizado y le introdujeron un objeto en el ano, “creo que fue un fusil”, aseguró en entrevista al equipo de Cofavic el 10 de marzo de 2014 y luego ratificado por informes médicos forenses que quedaron asentados en el acta conclusiva a la que tuvo acceso el equipo del Foro Penal, aseguró Alfredo Romero.
Carrasco fue trasladado al Destacamento de Seguridad Urbana (Desur) y permaneció detenido durante tres días sin recibir asistencia médica, ni acceso a comida o agua e igualmente fue privado de contacto con sus familiares y abogados. El informe forense realizado por el Ministerio Público demostró hematomas generalizados producto de la golpiza y los informes médicos particulares solicitados por la víctima demostraron que hubo violación.
A pesar de ello, la fiscal Luisa Ortega Díaz hizo referencia al caso en declaraciones dadas el 24 de febrero de 2014: “¿Ustedes creen que una persona que haya sido violada, o sea que le hayan introducido por el ano la punta de un fusil pueda sentarse en la audiencia presentación? Que desagradable hablar de esto, pero hay que hacerlo”, dijo la fiscal y afirmó que lo que decía estaba sustentado en los exámenes médicos practicados a Carrasco. “Practicado el reconocimiento médico legal no es cierto que se haya introducido el fusil por el ano”, pero concluyó que el joven sí fue maltratado y que habían tres funcionarios de la GNB presos por este caso “porque el Estado está interesado en que se investiguen las violaciones a los derechos humanos”, dijo en ese entonces Ortega Díaz.
En la oscuridad
La minimización de estos casos por parte de las autoridades es el principal combustible de la impunidad. El concepto de violencia sexual abarca varias manifestaciones. “Las personas se refieren a ello solo si hay violación o si hubo penetración pero la violencia sexual es más compleja: son las amenazas verbales de violación, desnudar a alguien, meter dedos, objetos no solo en los genitales sino en la boca o el ano, también si ocurren tocamientos intencionales de genitales, brazos o piernas e incluso aunque no toquen a la víctima pero lo obligan a ver los genitales del otro, todo eso implica violencia sexual y tortura”, especifica Magdymar León.
León señala que el objetivo es generar un efecto para la víctima y para el colectivo porque manda el mensaje de que esto también le puede pasar al otro. “Se usa para desestimular la protesta e inhibir a las personas a que no continúen sus manifestaciones. La violencia sexual es un método muy efectivo de tortura” y lo ejemplifica con una agresión física: “Cuando a una persona le caen a golpes hay un efecto menos impactante que el que produce una violación; por eso es menos reportada, porque la víctima es más vulnerable se siente humillada y por lo tanto hay más impunidad”.
Las expresiones de violencia sexual no solo ocurren muros adentro, bajo la silenciosa complicidad de los custodios en centros de detención, también se extienden a contextos más públicos y aún más intimidantes: cuando llegan tumbando la puerta de la misma casa, como lo que ha ocurrido durante los allanamientos ilegales y violaciones de domicilio registradas en diferentes estados del país. En Caracas, el caso más reciente fue la incursión de funcionarios del Comando Anti Extorsión y Secuestro de la GNB en las residencias conocidas como “Los Verdes”, en El Paraíso. Los testimonios de los vecinos recopilados por periodistas de varios medios de comunicación coinciden en que durante las tres horas de terror que vivieron mientras las residencias eran allanadas sin orden judicial, cuando el grupo de funcionarios tocaba agresivamente las puertas le gritaban a los habitantes “¡Deja que entre, que te vamos a coger!”.
En otro caso registrado por Cofavic en el informe levantado en 2014, una estudiante del estado Zulia contó que el 17 de febrero a las 8 de la noche en el sector San Jacinto de Maracaibo, un grupo de la GNB la detuvo mientras ella corría a resguardarse de los disparos: “Me dieron golpes en la cabeza y me llevaron a uno de los vehículos. Cuando íbamos cerca de un centro comercial el jefe del grupo les dijo ‘Tomen, allí tienen carne’ y uno de los guardias me obligó a arrodillarme, me tomó de la cabeza para que le practicara sexo oral, pero logré empujarlo para defenderme y me dio una cachetada y me dijo que yo iba a hacer lo que a él le diera la gana”. En su testimonio señala que estuvo detenida durante 30 minutos aproximadamente, fue golpeada en los senos, amenazada de violación y empujada del vehículo para bajarse. Nunca la llevaron a ningún comando ni la presentaron ante un tribunal.
La mayoría de mujeres detenidas que son víctimas de amenazas de muerte o de violación por funcionarios de los cuerpos de seguridad no denunciaron para evitar una mayor humillación pública y porque consideran que nadie será sancionado.
Los datos ratifican esa percepción. Cifras oficiales de la Dirección de Protección de Derechos Fundamentales del Ministerio Público (febrero-mayo 2014) registraron 189 investigaciones por denuncias de violaciones a los derechos humanos y 185 de ellas señalaban tratos crueles inhumanos y degradantes pero solo en 30 casos se presentó formalmente el acto conclusivo de la investigación y en 22 hubo sobreseimientos de las causas, solo 6 terminaron en acusaciones y dos más fueron a parar en archivos fiscales. De estos 185 casos apenas se pudo individualizar la responsabilidad de 10 funcionarios. En los casos documentados por el informe de Cofavic, en 46% de los casos denunciados la GNB es el cuerpo de seguridad involucrado en el delito, le siguen la PNB y el Sebin.
Otro elemento que aparece con frecuencia en las denuncias, especialmente de mujeres detenidas es que las funcionarias femeninas las obligan a desnudarse. La jurisprudencia internacional, según señala Cofavic, indica que el acto de desnudez forzada es violatorio de la dignidad personal y sigue siendo violencia sexual porque se comete sin el consentimiento de la persona e implica la invasión física de su cuerpo.
En los testimonios de las mujeres víctimas continuamente señalan que aunque eran funcionarias femeninas les practicaron inspecciones anales y vaginales a las detenidas bajo el pretexto de revisión, y tal como se ha establecido en los estándares internacionales y ratificado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, estas prácticas son consideradas una violación sexual y por tanto se convierte en tortura.
“Lo que estamos apreciando es que estos delitos cuentan con la permisividad del Estado. Si los cometen personas pertenecientes a los cuerpos de seguridad del Estado o si fue un tercero, ocurre bajo la responsabilidad de los custodios y aunque hay una responsabilidad individual también hay una implicación del Estado por omisión”, precisa León.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos establece claramente que la violación sexual es tortura aún cuando se trate de un solo hecho o si el caso ocurre fuera de instalaciones estatales y que se constituye como un crimen de lesa humanidad cuando forma parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de las autoridades de dicho ataque.
La posición oficial de Avesa como organización civil defensora de los derechos sexuales de la población destaca que los diferentes mecanismos de violencia sexual “son parte de una línea de conducta en contra de la población civil y pueden ser múltiples hechos de violencia sexual o un acto único de magnitud. Se identifican múltiples víctimas, ocurre de manera organizada, no es fortuita y forma parte de una política de Estado, de grupos u organizaciones que ejercen un control de facto sobre un territorio particular o por cualquier organización con la capacidad para cometer un ataque generalizado o sistemático contra una población civil”.
La organización alerta que las diferentes formas de violencia sexual son tipificadas como crímenes de guerra en el Estatuto de Roma, y como delitos en el marco jurídico venezolano y “el hecho de que ocurran en el contexto de una situación de conflicto bélico o de represión policial como el caso venezolano, solo las hace más graves”.
Arma de guerra en conflictos
A propósito de que el 19 de junio se conmemoró el Día Internacional para la eliminación de la violencia sexual en los conflictos, la ONU recordó la Resolución 1820 emitida por el Consejo de Seguridad en 2008 en el que exige poner fin a la violencia sexual como táctica de guerra. El informe señala que la violencia sexual con frecuencia es una estrategia deliberada que se emplea para humillar a los oponentes, aterrorizar a las personas y que durante los conflictos, los abusos y crímenes sexuales aumentan afectando mayormente a mujeres, niñas y adolescentes.
La violencia sexual en el contexto de represión política busca romper el tejido colectivo y solidario, controlar, intimidar e implantar la impunidad y transformar la población. Los cuerpos de las víctimas se convierten en transmisores de mensajes de humillación, control y poder para toda la comunidad “enemiga” y no sólo la víctima. La violencia sexual es una forma de tortura cuando se trata de un acto intencional en el que el victimario tiene el control de la situación y la acción es realizada por un funcionario público o por un particular a expensas de este.
Avesa emitió una serie de recomendaciones para documentar los posibles casos porque los delitos de violencia sexual en el contexto de conflicto político son considerados crímenes de lesa humanidad y por tanto no prescriben.
1) Ante detenciones arbitrarias es preciso identificar la posible ocurrencia de violencia sexual porque las personas detenidas no siempre la reportan bien sea por vergüenza, temor a mayores represalias o porque no la identifican como delito.
2) Defensoras y defensores de DDHH deben identificar elementos de sexualización de la tortura, es decir, evaluar la presencia de violación, amenaza de violación y otras formas de violencia sexual, que se utilizan especialmente contra las mujeres, pero que también afecta a los hombres.
3) Las defensoras de derechos humanos, mujeres periodistas y mujeres políticas suelen ser objeto de violencia sexual como estrategia para inhibir su labor.
4) En los casos de violencia sexual durante detenciones arbitrarias el ambiente de coerción creado por la detención en sí, anula toda posibilidad de un consentimiento genuino al contacto sexual por parte de la víctima.
5) Las investigaciones en materia de violencia sexual deben evitar la revictimización o reexperimentación de la experiencia traumática cada vez que la víctima recuerda o declara sobre lo ocurrido.